En una sentencia que conocimos el pasado viernes, como consecuencia del conflicto positivo de competencia interpuesto por el Gobierno de la Generalitat de Catalunya, el Tribunal Constitucional (TC) ha anulado el apartado 3 del artículo 4 del Real Decreto 900/2015, el cual prohibía conectar un generador eléctrico a la red interior de varios consumidores. Esto significa que, tras la sentencia del TC, el autoconsumo compartido deja de ser ilegal en nuestro país. Además, el TC también ha anulado los artículos 19-22, que regulaban el registro de autoconsumo.

¿Qué es el autoconsumo compartido?

Algunas tecnologías de generación renovable, y en especial la energía solar fotovoltaica, pueden ser instaladas de forma distribuida, de manera que la generación eléctrica se produce muy cerca de los puntos de consumo. La configuración más habitual en estas instalaciones de generación renovable distribuidas consiste en lo que se conoce como «autoconsumo». Es el caso, por ejemplo, de una vivienda unifamiliar que posee una pequeña instalación de generación (unos paneles fotovoltaicos en el tejado) que le suministra parte de la energía que consume. Este tipo de autoconsumo (que podríamos llamar aquí «autoconsumo no compartido»), como bien sabemos, está fuertemente desincentivado debido a la normativa vigente. Sin embargo, hay una modalidad específica de autoconsumo que era simple y llanamente ilegal hasta la sentencia del TC. Nos referimos a situaciones en que se instalan paneles fotovoltaicos en el tejado de un edificio de viviendas, de modo que la electricidad que generan es utilizada por los vecinos conectados a una red interna. Esto es el «autoconsumo compartido».

El autoconsumo es una herramienta fundamental para descarbonizar la generación de electricidad, mejorar la calidad del aire en las ciudades y democratizar el sistema eléctrico. Y es obvio que la posibilidad de realizar autoconsumo compartido es indispensable para que el autoconsumo se desarrolle, pues la mayor parte de la población en España vive en edificios de viviendas. Por ello, desde la Secretaría de Economía, Energía y Modelo Productivo de Podemos valoramos positivamente la sentencia del TC.

¿Qué necesitamos a partir de ahora para impulsar el autoconsumo compartido?

Siendo la sentencia del TC una buena noticia, es necesario ir más allá. Urge definir cómo será el esquema que regule el autoconsumo compartido y realizar los cambios normativos necesarios.

La proposición no de ley presentada por Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, y aprobada recientemente en la Comisión de Energía, Turismo y Agenda Digital del Congreso de los Diputados, insta al Gobierno a realizar cambios en este sentido. Concretamente, se propone.

  1. Desarrollar un marco legislativo que reconozca y regule las microrredes eléctricas, para permitir que varios consumidores compartan una red a la que puedan conectar, entre otros, baterías o instalaciones de generación distribuida. La microrred eléctrica debería poder funcionar de manera aislada o estar conectada a la red de distribución en un único punto de conexión.
  2. Desarrollar un marco legislativo que reconozca la figura del agregador de demanda, para que este pueda encargarse de la gestión de la microrred.


Lunes, 5 de junio de 2017